¿Quién puede solicitar el paro?
El paro o la protección por cese de actividad puedes ser solicitada, según la Ley 32/2010 por:
- Trabajadores autónomos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
- Trabajadores por cuenta propia, incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios
- Trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
¿Dónde se solicita el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad?Los trabajadores autónomos que cumplan los requisitos deberán solicitar el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad a la misma Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con la que tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Respecto [...]
¿Qué requisitos necesito para cobrar el paro?Para tener derecho a la protección por cese de actividad, o lo que es lo mismo para cobrar las prestación por desempleo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: Estar afiliado y en situación de alta en el RETA o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar en su caso. Tener cubierta la [...]
¿Qué prestaciones tiene el paro de autónomos?La Ley 32/2010 establece que el sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos comprenderá las siguientes prestaciones: La prestación económica por cese total, temporal o definitivo, de la actividad. El abono de la cotización de Seguridad Social del trabajador autónomo, por contingencias comunes, al régimen correspondiente. Medidas de formación, orientación profesional [...]