Coronavirus: ayudas y medidas urgentes para autónomos 2020

Juanma Caurin -

La rápida expansión del brote de coronavirus en España ha obligado al ejecutivo a aprobar un plan de choque con medidas excepcionales para reducir al máximo las consecuencias económicas en pymes y autónomos con una partida de 14.400 millones de euros. Y es que, como ya comentamos en este artículo, tanto pequeños y medianos empresarios como trabajadores por cuenta propia se están viendo muy afectados por la paralización de sus respectivas actividades a causa de la pandemia llegando incluso, en algunos casos, a echar el cierre de sus negocios.

Tomando como referencia el Real Decreto-ley 7/2020, de 17 de marzo, las medidas excepcionales a causa de la crisis de la Covid-19 de las que pueden beneficiarse los autónomos son las siguientes:

Bonificaciones para autónomos por la crisis del coronavirus

Tero Vesalainen || Shutterstock

Aplazamiento de impuestos

Entran aquí impuestos como el IVA o el IRPF. Las empresas y los profesionales autónomos con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019 podrán aplazar durante un máximo de seis meses las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finalice entre el 13 de marzo de 2020 y el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive. Con ello, tendrán la opción de devolver el dinero en tres meses y no pagarán intereses.

¿Qué impuestos se pueden aplazar?

  • Modelo 130 y Modelo 131: los pagos fraccionados del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tanto en estimación directa como en estimación objetiva (módulos), respectivamente.
  • Modelo 303: declaración trimestral de IVA.
  • Modelo 202: pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.
  • Retenciones e ingresos a cuenta declarados en los modelos 111,115  y 123.

Si necesitas más información, puedes leer este artículo sobre el aplazamiento de impuestos por la crisis del Covid-19 aprobado por el Gobierno.

Prestación por accidente de trabajo

El Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo también establece que cuando el trabajador autónomo se vea en situación de aislamiento preventivo como consecuencia del Coronavirus o por contagio “estará en situación de incapacidad temporal asimilada a accidente de trabajo”.

Con ello, el trabajador por cuenta propia tiene derecho a una prestación económica del 75% de su base reguladora desde el primer día. Esto quiere decir que si cotizas por la base mínima de autónomos, 944,40 euros, tu prestación ascenderá a 708 euros.

Aplazamiento de las deudas tributarias

Los autónomos y las pymes también podrán fraccionar y aplazar sus deudas tributarias durante seis meses, según se anuncia en el Real Decreto-ley, de 12 de marzo. Además, este RD incluye la puesta en marcha de una línea de crédito oficial para autónomos y pymes del sector del turismo, el transporte y la hostelería.

Prestación extraordinaria por cese de actividad

Si esta falta de ingresos y liquidez obliga a darse de baja como autónomo, el Gobierno quiere garantizar el acceso a la prestación por cese de actividad siempre y cuando el trabajador por cuenta propia demuestre una fuerte caída de los ingresos de su actividad. El Ejecutivo ha aprobado que todos los autónomos con pérdidas severas, también los societarios y los empleadores, puedan acceder a una prestación extraordinaria por cese de actividad y quedarán exonerados de pagar las cuotas.

Las ayudas extraordinarias por cese de actividad durarán en principio hasta el 28 de enero de 2022. Se alargará la prórroga hasta junio de 2022 de las prestaciones por cierre del negocio, los de cese de actividad, las exoneraciones de las cotizaciones de los autónomos que actualmente están cobrando el cese y las ayudas para los autónomos afectados por la erupción del volcán de La Palma. Y los ERTES COVID se extienden hasta el 31 de marzo.

Esta prestación está dirigida a todos aquellos autónomos cuyas actividades hayan quedado suspendidas o que vean decaer su facturación en un 75% en relación con el promedio del mes anterior. Esta medida tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre de 2020. Si no consigues acreditar la caída del 75% de tu facturación, podrías tener que devolver la prestación extraordinaria por cese de actividad a tu mutua

Si, como trabajador por cuenta propia, te has tenido que enfrentar a pérdidas importantes y tomas la decisión de cerrar tu negocio, recuerda que puedes solicitar una prestación por desempleo. Puedes averiguar cuál sería la cuantía que debes percibir por cese de actividad con ayuda de esta calculadora de paro para autónomos.

👉 ¿Necesitas más información? Te contamos todos los detalles sobre la nueva prestación por cese de actividad para los autónomos afectados por la crisis de la Covid-19.

Paga de hasta 700 euros y exención de pago de cuotas

Los autónomos podrán cobrar una ayuda de más de 600 euros y que, en algunos casos, pueden dejar de pagar la cuota de autónomos sin tener que darse de baja ni de Hacienda ni de la Seguridad Social durante la crisis del coronavirus, teniendo en cuenta que esta exención en la cotización es incompatible con la prestación por cese de actividad.

El Ministro de Seguridad Social explicó que todos los autónomos obligados a cerrar por el Estado de alarma o caída de ingresos del 75% tienen ya derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad independiente de condición y que, por lo tanto, estarán exentos de pagar cotizaciones. En concreto, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, unos 661 euros, para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o perdido el 75% de su facturación, como ya henos comentado en el punto anterior.

La percepción del subsidio extraordinario se prolongará hasta el 31 de enero de 2021. Asimismo, mientras dure esta situación, una entidad gestora se hará cargo de la cotización por el autónomo.

Ayudas complementarias para autónomos en comunidades autónomas

Cada vez son más las asociaciones de trabajadores por cuenta propia que exigen a sus respectivas administraciones regionales la adopción de ayudas que complementan a las partidas aprobadas por el Gobierno central.

En nuestra web encontrarás información actualizada sobre las ayudas para los autónomos de comunidades autónomas afectados por la crisis del Covid-19.

Aplazamiento del pago de la cuota de autónomos (No aprobada)

No cabe duda de que la crisis del coronavirus tendrá un impacto muy importante en todo el tejido empresarial y provocará una falta de liquidez de autónomos y pymes. A día de hoy, la medida sobre el aplazamiento del pago de la cuota de autónomos no ha sido aprobada, por lo que conviene permanecer atentos a las decisiones que se tomen en el Consejo de Ministros que se celebre en las próximas semanas.

ACTUALIZACIÓN SEPTIEMBRE 2020: Se prorrogan las ayudas hasta el 31 de enero y se mantiene la prestación por cese extraordinario de actividad para aquellos autónomos que tengan que cerrar su negocio o actividad como consecuencia de medidas directas de confinamiento, aunque las cuantías se reducen desde el 70% de la base reguladora hasta el 50%. Más información sobre las Ayudas para Trabajadores Autónomos (Covid-19)

Resolvemos todas tus dudas

Desde Serautonomo.net seguiremos informando acerca de todas las novedades que se produzcan en torno a las ayudas destinadas a autónomos para hacer frente a la crisis del coronavirus.