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¿Cuándo se puede solicitar el reconocimiento de la situación legal de cese de actividad?

El reconocimiento de la situación legal de cese de actividad se podrá solicitar hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad.

En las situaciones legales de cese de actividad causadas por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, de fuerza mayor, por violencia de género, por voluntad del cliente fundada en causa justificada y por muerte, incapacidad y jubilación del cliente, el plazo comenzará a computar a partir de la fecha que se hubiere hecho constar en los correspondientes documentos.

En caso de presentación de la solicitud una vez transcurrido el plazo fijado, y siempre que el trabajador autónomo cumpla con el resto de requisitos legalmente previstos, se descontarán del período de percepción los días que medien entre la fecha en que debería haber presentado la solicitud y la fecha en que la presentó.

El órgano gestor se hará cargo de la cuota de Seguridad Social a partir del mes siguiente al del hecho causante del cese de actividad, siempre que se hubiere solicitado en el plazo previsto.

En otro caso, el órgano gestor se hará cargo a partir del mes siguiente al de la solicitud.

Cuando el trabajador autónomo económicamente dependiente haya finalizado su relación con el cliente principal, en el supuesto de que, en el mes posterior al hecho causante, tuviera actividad con otros clientes, el órgano gestor estará obligado a cotizar a partir de la fecha de inicio de la prestación.

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¿Qué es la situación legal de cese de actividad?

Para adquirir el derecho a la prestación, es necesario el trabajador autónomo ha de demostrar que el cese en su actividad está provocado por alguna de las siguientes causas: Cuando se produzcan motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que hagan inviable continuar con la actividad económica o profesional. Pérdidas derivadas del ejercicio de la actividad: [...]

¿Dónde se solicita el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad?

Los trabajadores autónomos que cumplan los requisitos deberán solicitar el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad a la misma Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con la que tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Respecto [...]

Ley 32/2010 de potección por cese de actividad a los trabajadores autónomos
Ley 32/2010 de potección por cese de actividad a los trabajadores autónomos

La Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos tiene por objetivo : ” Regular el sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo y estando [...]

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