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Alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social

Como trabajadores autónomos tenemos que darnos de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.

¿Dónde darse de alta?

Hay que acudir a las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social y rellenar el impreso TA. 0521.

¿Qué documentación se necesita?

Además del mencionado impreso TA. 0521, correctamente rellenado, hay que presentar la copia y el original del impreso de alta en el IAE, fotocopia del DNI del solicitante, la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si hemos trabajado con anterioridad (si no lo hemos hecho, hay que simultanear este trámite) y el documento de adhesión a una mutua de accidentes de trabajo para poder recibir una prestación económica en caso de incapacidad temporal (opcionalmente, podemos elegir una mutua privada).

Además, es necesario el certificado del colegio correspondiente, para las actividades de Colegios Profesionales.

¿Cuándo hay que darse de alta?

Desde la fecha de alta en Hacienda, disponemos como máximo de 30 días de plazo para realizar el alta de la Seguridad Social.

¿Cuánto cuesta?

El importe mínimo mensual ronda los 225 euros. A partir de ahí, aumenta en función de las modalidades contratadas.

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