Reforma laboral 2014: cómo afecta al autónomo

Alicia Ors -

Reforma laboralCuando se cumplen dos años desde la puesta en marcha de la primera reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, el 10 de febrero de 2012, el Ejecutivo tiene sobre la mesa la obligación de realizar una segunda reforma laboral a lo largo de este 2014. Así se lo aconsejaron las autoridades europeas y el Fondo Monetario Internacional. El objetivo es doble: simplificar el número de contratos de trabajo y desincentivar los litigios judiciales en el ámbito laboral. Todo ello para conseguir poner fin a la alta tasa de desempleo.

Aunque todavía no está aprobada al completo, la nueva reforma laboral  ya cuenta con la aprobación, el 21 de diciembre de 2013, del Real Decreto ley que recoge algunas medidas que ya han entrado en vigor. En el siguiente artículo te detallamos los aspectos de la reforma laboral que te pueden interesar como autónomo:

Contratos de trabajo para 2014

Reducción del número de contratos, de 42 a 4: indefinido, temporal, contrato de formación-aprendizaje y contrato en prácticas. Además, se pondrá en marcha un nuevo asistente virtual que facilitará la realización de los mismos. Es decir, los contratos podrán realizarse por vía telemática a través de Internet.

  • Contrato indefinido: sin límites de tiempo en la prestación de los servicios.
  • Contrato temporal: con límites de tiempo en la prestación de los servicios.
  • Contrato de formación y aprendizaje: alterna una actividad laboral retribuida con otra formativa.
  • Contrato en prácticas: destinado a profesionales titulados que buscan su primera oportunidad laboral.

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Trabajo a tiempo parcial

La nueva reforma laboral pretende fomentar esta modalidad entre las empresas españolas.

Características:

  • Se puede ampliar la jornada laboral a través de las horas complementarias, ya sean voluntarias o pagadas.
  • Las horas complementarias voluntarias.
    • Sólo pueden realizarse en contratos indefinidos a tiempo parcial.
    • No pueden superar el 15% de jornada, ampliable por convenio hasta un 30%.
    • Se pueden realizar sin preaviso al trabajador.
  • Las horas complementarias pagadas
    • No pueden superar el 30% de la jornada, ampliable por convenio hasta un 60%.
    • Se deben preavisar al trabajador entre 7 y 3 horas antes.

Periodo de prueba

En los contratos temporales no superiores a seis meses, el periodo de prueba tan sólo puede durar un mes.

Reducción de jornada

Se amplía la reducción de jornada para cuidar a un hijo. Antes era hasta los 8 años y ahora hasta los 12 años, siempre de forma voluntaria.

Homogeneización de bases de cotización

Se igualan las bases mínimas de autónomos societarios y autónomos con más de 10 trabajadores. Ambos verán cómo, si cotizan por la base mínima, que pasan de pagar unos 261 euros al mes a 314 euros mensuales, lo que al año supone unos 630 euros más. Más info pinchando aquí.