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Declaraciones fiscales del trabajador autónomo
El trabajador autónomo tiene la obligación de realizar declaraciones trimestrales a hacienda. En esas declaraciones se incluye una cuenta de gastos y ganancias para calcular el IVA que ha recaudado a cuenta de hacienda menos el IVA que ha tenido que abonar por la compra de productos o servicios ligados a su actividad económica.
Posiblemente se verá más claro con un ejemplo. Si el trabajador autónomo ha facturado 3000 euros y ha cobrado un 16% de IVA, significa que ha recaudado 480 euros en IVA a las empresas (16% de 3000). Por otra parte, si el autónomo ha comprado productos por valor de 1000 euros y esos productos venían grabados con un 16% de IVA, quiere decir que ha pagado (16% de 1000) 160 euros de IVA. Entonces, al hacer la declaración trimestral, debería pagar 480 – 160 = 320 euros de IVA a Hacienda.
Por su parte, las empresas para las que ha trabajado deben haberle retenido un IRPF en cada una de sus facturas. Las empresas ingresan ese IRPF en nombre del autónomo a hacienda. Al final del año, el autónomo tiene que hacer su declaración de la renta. En ella se calculan los beneficios del ejercicio, contabilizando los ingresos menos los gastos que ha tenido. El autónomo cotiza sobre un 20% de los beneficios del año.
Entonces, el resultado de la declaración anual en Hacienda es el 20% de los beneficios menos la suma de los importes que las empresas han realizado a su cuenta en concepto de IRPF.
En cualquier caso, estos cálculos pueden variar. Si quieres asegurarte de cuales deben ser tus declaraciones te recomendamos que consultes con una delegación de hacienda o en una gestoría o asesoría.


