¿Me debo dar de Alta en autónomos con sólo 1 cliente?

Nieves Gil -
" Hola, acabo de comenzar a desarrollar mi actividad digamos como Freelance, soy psicopedagoga y atiendo terapéuticamente a 1 niño en mi casa. Aspiro a ir creciendo mi actividad y llevarla a la web, es decir pasar consulta online. Pero de momento mis ingresos no llegan 300€ al mes. Y además son muy variables. Hay meses que el cliente no acude. Y por tanto paro la actividad. 1. ¿Debo darme de alta con un solo cliente y con estos ingresos?. 2. Cuando no hay actividad, ¿se ha de seguir pagando? Ya he leído su respuesta sobre el SMI, por lo que entonces, ¿sería prudente esperar hasta tener una actividad más fuerte y fija? Muchas gracias"

La respuesta del experto

Hola, acabo de comenzar a desarrollar mi actividad digamos como Freelance, soy psicopedagoga y atiendo terapéuticamente a 1 niño en mi casa. Aspiro a ir creciendo mi actividad y llevarla a la web, es decir pasar consulta online. Pero de momento mis ingresos no llegan 300€ al mes. Y además son muy variables. Hay meses que el cliente no acude. Y por tanto paro la actividad. 1. ¿Debo darme de alta con un solo cliente y con estos ingresos?. 2. Cuando no hay actividad, ¿se ha de seguir pagando? Ya he leído su respuesta sobre el SMI, por lo que entonces, ¿sería prudente esperar hasta tener una actividad más fuerte y fija? Muchas gracias

El RD.1065/2007 en su Art.9 dice cuando se produce el comienzo de una actividad empresarial o profesional y esto es desde el momento que se realicen cualesquiera entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, se efectúen cobros o pagos o se contrate personal laboral, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, por lo cual debes darte de alta independientemente del número de clientes o de los ingresos que obtengas. Tienes que cursar el alta a través del Mod.037 en la Administración de Hacienda que te corresponda. Por la actividad que realizas estas acogida al Régimen de Estimación Directa Simplificada y trimestralmente realizas el pago del impuesto mediante el Mod.130 que solo resultará a ingresar cuando tengas beneficio, si no es así, presentarás de igual modo el impuesto en tu Administración de Hacienda correspondiente, pero, no ingresaras nada. Como sabes no estás obligada a darte de alta de autónomo y mi consejo es que hagas un seguimiento exhaustivo de tu actividad para efectuar el alta en el momento de superar el límite establecido.

 

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