Ayudas para autónomos en Cataluña

Nieves Gil -

Las ayudas para autónomos 2012 en Cataluña son las siguientes:

AYUDA

 

Promoción del empleo autónomo: subvenciones para el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia

 

PLAZOS DE SOLICITUD

El plazo para presentar la solicitud finalizará dos meses después de la fecha de alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social o de la fecha de alta en el Colegio Profesional que corresponda.

BENEFICIARIOS

  • Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de trabajo, que quieran constituirse como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia.
  • Trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia que formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles, siempre que las subvenciones se soliciten a título particular.
  • No pueden ser beneficiarias las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales. Tampoco podrán recibir la subvención las personas autónomas colaboradoras. Asimismo, quedan excluidas los trabajadores y trabajadoras que hayan ejercido la misma actividad o similar con carácter autónomo o por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.

 SUBVENCIONES

La cuantía de la subvención para el establecimiento como trabajador/a autónomo o por cuenta propia es la siguiente:

  • En el caso de personas desempleadas en general: un máximo de 4.000 euros.
  • En el caso de jóvenes desempleados de 30 o menos años: un máximo de 4.500 euros.
  • En el caso de mujeres en paro: un máximo de 5.000 euros.
  • En el caso de parados / as con discapacidad: un máximo de 8.000 euros.
  • En el caso de mujeres paradas con discapacidad: un máximo de 9.000 euros.
  • Las subvenciones correspondientes a mujeres víctimas de violencia de género se incrementan en un 10%.
  • Estos importes son los máximos posibles y se podrán reducir en función de la disponibilidad presupuestaria.

DOCUMENTACIÓN

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Certificado de la Oficina de Trabajo que acredite su inscripción, los periodos de inscripción, la antigüedad y la fecha de baja, o autorización al Servicio Territorial correspondiente, para obtener esta información.
  2. Declaración censal o alta del impuesto sobre actividades económicas (IAE), si procede, o autorización al servicio territorial correspondiente, para obtener esta información.
  3. Fotocopia compulsada del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social de los/las trabajadores/as autónomos/as o autorización al servicio territorial correspondiente, para obtener esta información.
  4. Si procede, documento que acredite la inscripción en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  5. Informe de la vida laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, actualizado en la fecha de la solicitud, o autorización al servicio territorial correspondiente para obtener esta información.
  6. En el supuesto de trabajadores/as con discapacidad, certificado o documento oficial que acredite el reconocimiento del grado de minusvalía igual o superior al 33%.
  7. En el caso de mujeres víctimas de violencia de género, fotocopia del orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
  8. En caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda o subvención al Departamento de Trabajo, hoja de domiciliación bancaria.
  9. Memoria económica y explicativa de la actividad que se realizará.
  10. Informe de viabilidad del plan de empresa emitido por una colaboradora de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa, y Trabajo Autónomo (se identifica en el web del Departamento de Empresa y Empleo como Inicia: para la creación de empresas).
  11. Otras declaraciones que se incluyen en el impreso de solicitud.
  12. Autorización expresa de la persona interesada para que el Departamento de Empresa y Empleo pueda comprobar los datos del DNI/NIE. La firma de la solicitud implica la autorización al Departamento de Empresa y Empleo para que realice las comprobaciones en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.