Modelo 115: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración – documento de ingreso

Nieves Gil -

Entre todos los impresos para autónomos, el modelo 115 del IRPF es conocido como la declaración trimestral de las retenciones por alquileres. Este modelo sólo estarán obligados a presentarlo todas aquellas empresas individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos.

Quiénes no están obligados a presentar el modelo 115

No estarán obligados a presentarlo:

  • Cuando sean alquileres de vivienda que las empresas les pagan a sus trabajadores.
  • Cuando los alquileres pagados no superen los 900 € anuales a un mismo arrendador
  • Cuando el arrendador (quien alquila), acredite al arrendatario (el inquilino), estar incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861, es decir los relacionados con los alquileres, siempre que la cuota a pagar por estos epígrafes del impuesto de actividades económicas no sea cuota cero. Dentro de este punto , hay que puntualizar que, para poder considerarse exento de la obligación de retener, es necesario que se le pida al arrendador (dueño del local), un certificado de Hacienda donde ésta acredite la exención del propietario.
  • Cuando hablamos de arrendamientos financieros, es decir de leasing

Forma de presentación del modelo 115

Si dispones de certificado o firma electrónica puedes hacer la presentación de este modelo a través de la página web de la Administración Tributaria. Si no es así también puedes presentarlo en formato papel.

Plazos para presentar el modelo 115

El modelo 115 es trimestral, con los siguientes plazos de presentación:

  • Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
  • Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
  • Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
  • Cuarto trimestre: Del 1 al 20 de enero, ambos inclusive.

Hay que tener en cuenta de que los casos en los que los días de final del plazo, sean sábado, domingo o festivo, el plazo sera hasta el siguiente día hábil.

IMAGEN MODELO 115

Cómo se ha de cumplimentar el modelo 115

Para cumplimentar los datos económicos a declarar se introducen en el apartado de

Liquidación:

  • Casilla 01: Se trata de rellenar el numero de perceptores, es decir el número de personas o empresas a las que pagamos alquileres.
  • Casilla 02: Se trata de rellenar la base de las retenciones e ingreso a cuenta, es decir el bruto de la factura, la cantidad aplicada antes de incluirle el IVA o quitarle la retención
  • Casilla 03: Se trata de rellenar  las retenciones e ingresos a cuenta, es decir el total de las retenciones que hayamos realizado en concepto de alquileres para ese periodo.
  • Casilla 04: Esta casilla se rellena solo si la declaración que se presenta es complementaria.
  • Casilla 05: Es el resultado a ingresar. Sera la diferencia entre la casilla 3 y 4

Ejemplo:  Supongamos que la empresa alquila durante un mes un local, en el contrato figuraba que el alquiler seria de 1000 € mas los impuestos correspondientes menos las retenciones legales. La base de retenciones será de 1000 € (se pondrá en la casilla 2) y las retenciones de 210 € (se pondrá en la casilla 3), hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2012, el porcentaje de retención en los alquileres es del 21% desde enero de 2012.

Resultado del modelo:

En el caso del modelo 115, el único resultado posible es a pagar, es decir en ningún caso se podrá presentar un modelo 115 negativo (a cero).

El importe del resultado a ingresar que nos sale en la casilla 5, se trasladara a este apartado e indicaremos la forma de pago mediante una “X”. Si se efectúa el ingreso mediante adeudo en cuenta, deberás rellenar los datos completos de la cuenta de adeudo (CCC). Es muy importante que el importe del ingreso  coincida  con el que aparece en la casilla 5. La presentación de este impreso se realiza en la entidad bancaria que ha señalado como forma de pago.

 En el caso de que a la hora de presentar el modelo 115, nos demos cuenta de que se ha cometido un error dando a la empresa de alta en el modelo, sin estar obligada a ello, se tendrá que presentar antes del fin del periodo de presentación, un modelo 036, en el que demos de baja a la empresa del modelo 115 y un escrito en el que expliquemos el motivo alegando el error y aportando la documentación que demuestre la no obligación de presentarlo.

Declaraciones complementarias

Estas declaraciones se dan cuando se comete algún error en una declaración ya presentada y cuyo importe deberemos modificar, en este modelo sólo cabe la presentación de complementaria, cuando el resultado de la complementaria sea por importe mayor al de la incorrectamente realizada. En los modelos 115 complementario se rellenarán las casillas por los importes correctos y se marcará la casilla que indica que el modelo es complementario, teniendo que especificarse el número de referencia del modelo al que esta rectificando.

Una vez rellenado el impreso, el modelo 115 debe ser firmado por el declarante.

Resumen anual de retenciones por alquiler

Al igual que el modelo 111, al final del ejercicio  y coincidiendo con la declaración del cuarto trimestre se debe presentar un resumen anual de las retenciones declaradas en el modelo 115  donde se detallará la identidad de los perceptores.

El resumen anual se presenta mediante declaración Modelo 180.