El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, también conocido por sus siglas RETA, es el régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos en España.
¿Qué es el RETA?
Como trabajador autónomo, estás obligado a darte de alta del en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), nada más darte de alta en Hacienda. Mientras que los empleados deben tributar sus ingresos ante Hacienda y cotizar su actividad laboral a la Seguridad Social, los trabajadores por cuenta ajena mayores de 18 años lo hacen con su propio régimen, el Régimen Especial de Trabajadores autónomos.
¿Cuánto se cotiza en el RETA?
La base mínima aprobada desde el 1 de junio de 2021 es de 944,35 euros y la máxima de 4.070,10 euros. En cuanto a la cuota de autónomos sin tarifa plana de 60 euros, hablamos de 289 euros.
Actualmente en 2021 el tipo general corresponde al 30,30% y se conforman de los siguientes apartados:
- Contingencias comunes 28,30%
- Contingencias profesionales 1,1%
- Cese de actividad 0,9%
- Formación profesional 0,1%
¿Quién se incluye en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos?
En el RETA se incluyen a los trabajadores por cuenta propia que realizan una actividad laboral sin tener contrato de trabajo ligado a ninguna empresa. También puede ser aun autónomo que tiene personal contratado o ser el titular de una empresa familiar o individual. Además, la Seguridad Social determina que a parte de este perfil genérico, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se incluyan, entre otros:
- Familiares o cónyuges de hasta segundo grado
- Personas que asumen funciones de gerencia y dirección
- Autores de libros
- Los socios de las compañías colectivas o sociedades comanditarias
- Trabajadores autónomos extranjeros que residan y ejerzan su actividad en el territorio español
- Trabajadores autónomos económicamente dependientes de la menos un 75% de ingresos de un mismo cliente.
Dudas frecuentes sobre el RETA
A continuación te explicamos paso a paso las principales cuestiones sobre el RETA