¿Si eres funcionario puedes ser autónomo?

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La compatibilidad entre autónomo y funcionario es una cuestión que preocupa a muchos profesionales, que desean compatibilizar ambas actividades.

La norma que se encarga de regular las incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública es la Ley 53/84. una normativa compleja sobre prohibiciones y actividades económicas.

No obstante, el problema de la compatibilidad deriva del puesto de trabajo del propio funcionario. Así, no es lo mismo que el profesional desempeñe una actividad de juez que de profesor de instituto, ya que el primero posee un régimen muy severo de incompatibilidades.

¿Es compatible ser funcionario y autónomo?

Entonces, ¿es posible ser funcionario y autónomo a la vez? ¿Puede un funcionario tener una empresa?

En el caso de un trabajador por cuenta ajena, su única limitación radica en la exclusividad que haya podido contemplar el profesional en su contrato de trabajo.

Sin embargo, en los funcionarios está presente la Ley de Incompatibilidades que comentábamos con anterioridad y que se aplica a los cargos de la administración pública, llegando incluso en algunos casos a prohibir la realización de otras actividades similares.

Para ello, en función del tipo de profesión será necesario informarse en cada caso en específico, si en el respectivo puestos de trabajo existe algún tipo de incompatibilidad con la actividad de autónomo.

Si una vez realizada la consulta se verifica la inexistencia de incompatibilidad, cualquiera de los socios podrá ser el administrador de la empresa, aunque darse de alta como autónomo siempre resulta la solución más económica y práctica, si la actividad profesional se va a desarrollar de forma complementaria al puesto de trabajo habitual.

Como puedes ver, la respuesta a esta cuestión va a depender de cada caso concreto, por lo que consultar con un equipo gestor especializado en ello es fundamental si quieres conocer qué opciones tienes en el caso de tu profesión.

Fuentes consultadas:

 

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