¿Cómo debo almacenar las facturas electrónicas si recibo una?

Romy Antonelli -

internetEl contribuyente debe verificar si se encuentra dentro de las siguientes situaciones:

Si se encuentra incluido en la RG 1361/02: debe almacenar el comprobante recibido utilizando el mismo tipo de soporte que utilice para el almacenamiento de sus duplicados.

En caso de no estar incluido en la RG Nº 1361/02 puede almacenarlo de acuerdo a su criterio, aunque puede optar por cumplir con las formas y condiciones que establecen los artículos 17 a 19 de la RG 1361/02, excepto en lo relativo a la utilización del Código de Seguridad.

Fuente: Art. 36 RG 2485/08 (web AFIP)