Monotributo social: Derechos que reconoce

Romy Antonelli -

Los monotributistas sociales, pagando un monto fijo mensual, pueden:

  • Emitir factura. En el caso de personas físicas la facturación será personal, de tipo “C”. En los proyectos productivos, la factura también será de tipo “C”, a través del proyecto. Las cooperativas serán las que facturen en nombre de sus asociados, con factura de tipo “A”, “M” o “B”.
  • Acceder a una obra social.
  • Ingresar al sistema previsional (jubilación).
  • Ser proveedores del Estado por compra directa.

Los monotributistas sociales no pierden el derecho a la Asignación Universal por Hijo y el derecho rige mientras se mantiene la situación de vulnerabilidad y los requisitos de ingreso.
Quien ya es monotributista y se inscribe en el Registro Nacional de Efectores, en el caso de corresponder, es recategorizado como monotributista social. El traspaso se realiza una vez que es dado de alta.

El monotributista social que quiera solicitar la baja en esta categoría, debe presentarse en nuestras oficinas (con su DNI) o bien enviar una nota al Registro Nacional de Efectores, donde debe especificarse la solicitud de baja. La nota debe contener nombre y apellido, número de DNI y firma del solicitante.

Fuente: http://www.desarrollosocial.gob.ar/Uploads/i1/Gu%C3%ADa%20del%20Monotributo%20Social.pdf