Vence hoy la recategorización para monotributistas

Romy Antonelli -

Atención Monotributistas: Vencimientos Mayo 2011: Pago, Recategorización y Declaración Informativa

Sr. Monotributista:

Recuerde que durante el mes de Mayo, además de la obligación de pago mensual, debe realizar la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral.

1.-Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual

El 20 de Mayo próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del año 2011.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.

¿Qué períodos abarca la presente recategorización?

 

Período a considerar Vencimiento para la recategorización
Mayo/2010 a Abril/2011 20 de Mayo de 2011

¿Cómo debe realizarse la recategorización?

 

La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” –> “Monotributo” y seleccionando la opción “Recategorización”.

¿Cuándo debe realizarse el primer pago de la nueva categoría?

El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Junio de 2011. Vencimiento: 21 de Junio de 2011.

2.- Declaración jurada informativa cuatrimestral

La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada por los sujetos monotributistas que:

a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores

¿Cómo debe realizarse la presentación?

La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”

¿Qué períodos abarca y cuando se presenta?

 

Período a considerar Vencimiento para la recategorización
Enero /2011 a Abril/2011 CUIT terminado en 0 – 1 Hasta el día 24/05/2011
CUIT terminado en 2 – 3 Hasta el día 26/05/2011
CUIT terminado en 4 – 5 Hasta el día 27/05/2011
CUIT terminado en 6 – 7 Hasta el día 30/05/2011
CUIT terminado en 8 – 9 Hasta el día 31/05/2011

Fuente: web oficial AFIP