Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME)

Cualquier autónomo que deba tributar el impuesto del IVA, puede inscribirse en el Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME). Este régimen fue establecido por la Ley 4/2008 y su procedimiento y requisitos se regulan en el RD 2126/2008.

Es un régimen voluntario que deberá solicitar el sujeto pasivo mediante la inscripción en el REGISTRO de devolución mensual del IVA, a través de una Declaración Censal específica en el modelo 036.

Inscripción en el registro de devolución mensual

Para solicitar la inscripción en el Registro, es necesario:

  • Liquidar el IVA con periodicidad mensual y presentar las autoliquidaciones exclusivamente por vía telemática a través de INTERNET en el modelo 303 de autoliquidación del IVA.
  • No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
  • También deberá presentarse el modelo 340 de declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro IVA por cada período de liquidación a que se refiera por vía telemática.

Las solicitudes de inscripción se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos.