Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME)

Nieves Gil -

Cualquier autónomo que deba tributar el impuesto del IVA, puede inscribirse en el Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME). Este régimen fue establecido por la Ley 4/2008 y su procedimiento y requisitos se regulan en el RD 2126/2008.

Es un régimen voluntario que deberá solicitar el sujeto pasivo mediante la inscripción en el REGISTRO de devolución mensual del IVA, a través de una Declaración Censal específica en el modelo 036.

Inscripción en el registro de devolución mensual

Para solicitar la inscripción en el Registro, es necesario:

  • Liquidar el IVA con periodicidad mensual y presentar las autoliquidaciones exclusivamente por vía telemática a través de INTERNET en el modelo 303 de autoliquidación del IVA.
  • No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
  • También deberá presentarse el modelo 340 de declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro IVA por cada período de liquidación a que se refiera por vía telemática.

Las solicitudes de inscripción se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos.