Compatibilizar la pensión del autónomo con una actividad por cuenta ajena

A día de hoy es posible compatibilizar la pensión del autónomo con una actividad por cuenta ajena, gracias al Decreto ley de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral.

Si ejerces una actividad por cuenta ajena puedes compatibilizarla con el cobro del 50% de la pensión que te corresponde por haber sido autónomo. La figura legal recibe el nombre de “pensionista activo” y para poder ponerla en práctica es necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
  • No se admitirán jubilaciones anticipadas o bonificadas por trabajos penosos o tóxicos.

Con el cumplimiento de los requisitos anteriores, el autónomo recibirá el 50% de la pensión que le corresponde mientras ejerza la actividad por cuenta ajena. Cuando finalice el contrato de trabajo o actividad, y se produzca la jubilación definitiva, el trabajador recibirá el 100% de la pensión más el complemento al que tenga derecho.