Bonificaciones y ayudas a la contratacion de trabajadores

Juanma Caurin -

La bonificación a la contratación son muy importantes para que crezca la contratación laboral y reducir, de esta manera, el número de personas que se encuentran en desempleo. Existen multitud de bonificaciones y ayudas a la hora de contratar nuevos trabajadores en nuestra empresa. Debemos ser conscientes de cuáles son para poder sacar el máximo provecho y las mayores ventajas fiscales a la contratación de trabajadores.

¿Qué son las ayudas a la contratación?

Las denominadas ayudas a la contratación son incentivos económicos que ofrece la Seguridad Social a los autónomos y empresas para fomentar la contratación de empleados. Dependiendo de las personas que se contraten o los colectivos al que pertenezcan, es posible que las empresas obtengan grandes beneficios fiscales a lo largo del año.

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Las empresas reciben estas ventajas económicas a través de las bonificaciones de las cuotas empresariales. Esto significan reducciones de los costes que debe pagar  la empresa o autónomo a la Seguridad Social por el trabajador que ha contratado.

Aunque puede que encontremos otras bonificaciones para contratos estas son las más importantes que podemos encontrar a la hora de contratar a un trabajador.

Bonificaciones para contratos indefinidos

En el caso de realizar un contrato indefinido, los autónomos o empresas se pueden beneficiar de las ayudas para la contratación de personas pertenecientes a diferentes colectivos:

  1. Personas discapacitadas: entre 4.500 y 6.300 € al año. Las variaciones dependen de factores como la edad, el grado de discapacidad o el sexo. Se realizará un 100% de bonificación de las cuotas para los Centros Especiales de Empleo.
  2. Personas en el paro menores de 30 años con contrato de fomento de emprendedores: 1000€ el primer año. 1100 el segundo años.1200€ el tercer año. Estas ayudas a la contratación se aumentarán 100€ en el caso de que sean mujeres en sectores subrepresentados.
  3. Personas en el paro mayores de 45 años años con contrato de fomento de emprendedores: 1300€ al año durante 3 años. La cantidad asciende a 1500€ en el caso de contratación de mujeres en sectores subrepresentados.
  4. Personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 300€ al mes durante 6 mes. Máximo de 1800€.
  5. Personas en situación de exclusión social: 600€ al año durante 4 años.
  6. Víctimas del terrorismo y de violencia de género: 1500€ al año durante 4 años.

Bonificaciones para contratos temporales

En el caso de realizar un contrato temporal se pueden obtener incentivos por la contratación de personas como por ejemplo:

  1. Jóvenes inscritos en el paro: reducción del 75% o 100% de la cuotas del empresario.
  2. Personas con discapacidad: bonificación de las cuotas entre 3550€ y 5300€ al año. Cabe que dependerá del sexo, la edad y el grado de discapacidad durante la vigencia
  3. Trabajadores en situación de exclusión social: bonificación 1650€ el primer año y 500€ a partir del segundo.
  4. Víctimas de terrorismo y violencia de género: 600€ al año.
  5. Contratos interinos para sustituir a trabajadores en diversas situaciones: 100% de las cuotas empresariales del interino y del trabajador sustituido.
  6. Contratos de interinidad con discapacitados para sustituir a trabajadores discapacitados: 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes.

Bonificaciones para transformar contratos temporales en indefinidos

No solo existen ayudas para contratos nuevos, también se ofrecen ventajas fiscales por la transformación de los contratos de duración determinada a contratos indefinidos. Estas son las posibilidades:

  1. Contrato de prácticas, relevo o sustitución en empresas de menos 50 trabajadores: 500€ al año si son hombres y 700€ al año en el caso de las mujeres, durante 3 años.
  2. Contratos para la formación y aprendizaje: 1500€ al año para hombres. 1800€ anuales para las mujeres. Duración de 3 años.

Ayudas para contratación de familiares

La Seguridad Social también ofrece grandes bonificaciones para la contratación de familiares  de autónomos. Un autónomo puede contratar a su hijo, paraeja o familiar a través de la figura del autónomo colaboradores. El autónomo colaborador posee un 50% de descuento en sus cotizaciones como autónomo durante los 18 primeros y del 25% durante los 6 meses siguientes.

Además, con los cambios de la nueva ley de autónomos se añade una bonificación del 100% de la cuota empresarial para la contratación de parientes por cuenta ajena de forma indefinida, de forma que no será necesario contratar a través de la figura del autónomo colaborador para obtener reducciones en la Seguridad Social.

Para la contratación de familiares por cuenta ajena con discapacidad, se podrá contratar a aquellas hijos con discapacidad intelectual igual o superior al 33%, o con discapacidad física o sensorial en grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.

Consulta toda la información sobre bonificaciones para autónomos que de las que puedes aprovecharte y con las que puedes llegar a ahorrar mucho dinero.