Ser autónomo en Bélgica

Alicia Ors -

Ser autónomo en BélgicaLo primero y más importante para ser autónomo en Bélgica o poner en marcha una empresa es solicitar en la Administración comunal que te corresponda la tarjeta de residencia.

Ser autónomo en Bélgica no es sencillo, debido a la burocracia que conlleva; tampoco es económico, porque los impuestos son elevados. Si sigues los pasos que te indicamos a continuación, el proceso se puede simplificar bastante.

Cómo hacerse autónomo en Bélgica

Montar un negocio como independiente en Bélgica supone que no hay separación entre tu patrimonio personal y los activos de tu negocio. Por lo tanto, todos tus activos, incluyendo tus bienes personales, harán frente a los riesgos empresariales.

En ambos casos se deben cumplir una serie de requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Abrir una cuenta bancaria que sirva única y exclusivamente para la empresa.
  • Registrarse en la «Banque Carrefour des Entreprises». Es un registro de empresas regido por el gobierno federal. Para ello debes dirigirte a la “ventanilla única de empresas” de la localidad donde te vayas a establecer. La “ventanilla única de empresas” es el interlocutor único y obligatorio de las empresas y autónomos en tus relaciones con todas las instituciones federales.
  • Solicitar un número de IVA.
  • Debes afiliarte a una Caja de Seguros Sociales para Trabajadores Autónomos y pagar las cotizaciones a la Seguridad Social. Los autónomos se rigen por un régimen social distinto.
  • Estás obligado a llevar una contabilidad.
  • Además, debes justificar que posees conocimientos suficientes para llevar la gestión de tu empresa mediante la presentación de un título/certificado o experiencia práctica.

¿Cuánto vale ser autónomo en Bélgica?

Un autónomo en Bélgica no paga una cuota propiamente dicha, sino que depende de cuánto gana al año. A continuación te ponemos una tabla orientativa de cuánto pagarías en función de tus ganancias anuales, aunque hay múltiples deducciones fiscales de las que te podrías beneficiar.

  • Más de 8.350 euros al año, un 25%
  • Entre 8.350, 01 y 11.890 euros, un 30%
  • Entre 11.890,01 y 19.810 euros, un 40%
  • Entre 19.810,01 y 36.300 euros, un 45%
  • Más de 36.300,01 euros, un 50%

La declaración del IRPF se presenta una vez al año.