Inicio >>  Dudas frecuentes  >>  Retenciones en profesionales autónomos

Retenciones en profesionales autónomos

autonomopuedeservir21

Cuando se contrata a profesionales autónomos se tendrá que retener un porcentaje de la remuneración total en concepto de retención a cuenta del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Además, si no tienes más de tres años de antigüedad, se retendrá un 7%, que deberá estar reflejado en la factura que nos emita, en cambio si se alberga más de tres años de antigüedad, se detendrá el 15%.

Asimismo trimestralmente se deberá ingresar las cantidades retenidas en la Hacienda, y también anualmente rellenar un resumen de las retenciones en el año.

También al finalizar el año se tendrá que enviar un certificado de retenciones en donde se haga constatar la retribución bruta.

No hay artículos relacionados

Etiquetas: , , ,

ENLACES PATROCINADOS