Impuesto de sociedades

Victoria Becerra -

El sistema tributario español contempla varias posibilidades a la hora de pagar los impuestos. Así, no es lo mismo si tributas como una persona física que como una persona jurídica. Si la renta es obtenida por personas físicas, el impuesto que deberás pagar al estado será el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que se conoce como IRPF. No obstante, si los beneficios son obtenidos por una persona jurídica, ya sea una sociedad, asociación o fundación etc., o un ente sin personalidad jurídica que se considere sujeto pasivo, como un fondo de inversión deberás liquidar el conocido como Impuesto sobre Sociedades.

El impuesto de sociedades

¿Qué es el impuesto de sociedades?

Dicho de una forma sencilla, la definición de Impuesto de Sociedades se entiende como aquel impuesto que se aplica a los beneficios que obtengas con tu sociedad. Así, es importante saber que este impuesto es completamente obligatorio formando parte de la fiscalidad de los autónomos que han creado una sociedad.

La obligación de presentar el impuesto de sociedades corresponde a todas aquellas entidad que se constituyan conforme a las leyes españolas, que cuenten con su domicilio social en territorio español y/o que tengan la sede de dirección en dicho territorio.

Se puede decir que el Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y una naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Así, entendemos por carácter directo a este tributo, debido a que grava la renta como manifestación directa de las capacidades económicas que tenga el sujeto pasivo. Asimismo, lo entendemos como un tributo de naturaleza personal, debido a que cuenta con circunstancias particulares  en cada contribuyente a la hora de concretar el total del pago de la prestación tributaria que se deberá hacer.