El permiso por paternidad de los trabajadores autónomos

Juanma Caurin -

La paternidad es una de las prestaciones más equilibradas que existen entre los trabajadores por cuenta propia y los asalariados. La prestación por paternidad es un subsidio que recibe el trabajador autónomo por el nacimiento de un hijo, o por la adopción o acogimiento de un niño.

Se establece como derecho laboral un tiempo en que se suspende la actividad del trabajador, cobrando unos ingresos para mantener su estructura económica con el mínimo perjuicio para su situación.

¿Cuánto dura la prestación por maternidad?

Desde julio 2018, el permiso por paternidad que les corresponde a los trabajadores era de 5 semanas. Sin embargo, el permiso por paternidad y la prestación de la que disfrutan los hombres que acaban de tener un hijo se vio ampliada con la aprobación de un decreto-ley por parte del Gobierno en 2019.

baja por paternidad autonomos Imágenes: Romanova Anna | Shutterstock

El Gobierno aprobó una nueva reforma para conseguir la igualdad entre los permisos de paternidad y maternidad y conseguir que sean intransferibles de forma progresiva. De esta forma, a partir del 1 de abril de 2019, el permiso de paternidad pasaba a ser de 8 semanas, de 12 semanas en 2020 y de 16 semanas en 2021.

Las semanas del permiso de paternidad podrán ser utilizadas de forma interrumpida desde el nacimiento del hijo hasta que cumpla 12 doce meses. Sin embargo, tanto la madre como el padre, estarán obligados a disfrutar de las dos primeras semanas de permiso de forma ininterrumpida. Esto también se ampliará gradualmente, ya que en 2020 y en 2021 se tendrán que disfrutar sin interrupción las 4 y las 6 primeras semanas del permiso de paternidad.

Además, debemos saber que el tiempo de permiso será intransferible, es decir, que el tiempo que no sea utilizado por el padre no podrá ser utilizado por nadie.

¿Cuánto cobra un autónomo de baja por paternidad?

La prestación por paternidad correspondiente a cada persona es equivalente al 100% de una base reguladora que se calcula sumando las bases de cotización de los últimos 6 meses y diviéndola entre 180 días. En el caso de los trabajadores autónomos, en la mayoría de ocasiones se corresponde con la base de cotización mínima que se puede elegir.

Esto significa que un trabajador autónomo que acaba de tener un hijo en 2016 y que cotiza por la base mínima, cobrará una prestación equivalente al porcentaje de días trabajados de 893,10€. Es decir, que si ha tenido un permiso de paternidad de 15 días cobrará la mitad.

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¿Se puede cobrar la prestación por paternidad estando en el paro?

Sí, pero no se pueden sumar las dos.

Si un trabajador autónomo que está disfrutando de su prestación por cese de actividad, tiene un hijo, podrá solicitar la prestación por paternidad correspondiente. En este caso, se le suspendería el paro, que quedaría estancado, y pasaría a cobrar la paternidad.

En el momento que se terminara su prestación por paternidad, el trabajador autónomo volvería a cobrar el paro durante el tiempo que le correspondiera por cobrar en el momento que se suspendió.

Exención de la cuota de autónomos durante la paternidad

Unos de los cambios de la nueva ley de autónomos se centra en las cotizaciones de los trabajadores autónomos en la paternidad. De esta forma, los trabajadores autónomos poseen una exención del 100% en su cotización mensual a la Seguridad Social durante la baja por paternidad. Es un gran logro para los derechos de los padres y madres, ya que no tendrán que pagar la cuota de autónomo mientras están de baja.

Requisitos para cobrar la prestación por paternidad

Para poder percibir la protección por la baja de paternidad, es necesario cumplir una serie de condiciones. Por ejemplo, es necesario estar al día en el pago de la cuota de autónomos. También se debe presentar una declaración de la situación de la actividad durante los 15 días posteriores a la fecha que se inicie el descanso, en la que se informe a la Seguridad Social de la suspensión o cese de la actividad laboral.

Además, para cobrar solicitar la prestación por paternidad es necesario haber cotizado 180 días durante los últimos 7 años, o 360 días durante toda la vida.

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